Durango, Dgo.- El Proceso Electoral Local 2018-2019 para la renovación de los 39 Ayuntamientos avanza a pasos firmes y organizados, señaló el Consejero Presidente del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Durango, Lic. Juan Enrique Kato Rodríguez.

El funcionario electoral mencionó que desde antes del inicio del Proceso Electoral el pasado uno de noviembre, se ha desarrollado un esquema de trabajo que ha permitido ejecutar todas las actividades que se tienen planificadas, además indicó que se han generado economías a partir de la reutilización de materiales electorales y de medidas de austeridad que se han venido aplicado desde hace antes de iniciar el presente año.

Con respecto a la Convocatoria para Candidaturas Independientes en el Estado de Durango, el funcionario en mención precisó que a más tardar el día 30 de enero de 2019, el Consejo Municipal Electoral respectivo resolverá sobre la procedencia de los escritos de manifestación de intención. De resultar procedente la manifestación de intención, se expedirá constancia a la ciudadana o el ciudadano interesado(a) y a partir de la expedición de la constancia, la ciudadana o el ciudadano interesado(a) adquirirá la calidad de aspirante a candidato (a) independiente.

Las constancias de aspirante a candidato o candidata independiente deberán entregarse el día 1 de febrero de 2019, para todos (as) y cada uno de las y los ciudadanos interesados que hayan cumplido con los requisitos, agregó.

Y será a partir del día 2 de febrero de 2019 y hasta el 3 de marzo de 2019, las y los aspirantes podrán realizar actos tendentes a recabar el apoyo ciudadano, por medios diversos a la radio y la televisión, precisó.

Las o los aspirantes a candidatos como Presidentes Municipales deberán reunir la firma de por lo menos la cantidad de ciudadanos equivalente al 1% de la lista nominal de electores correspondiente al municipio en cuestión, con corte al 31 de agosto del año previo al de la elección, y estar integrada por electores de por lo menos la mitad de las secciones electorales que comprenda, que sumen como mínimo el 0.5 por ciento de ciudadanos que figuren en la lista nominal de electores de cada una de ellos, cifras que se encuentran disponibles para su consulta en la página electrónica del IEPC.