A partir de hoy, las Fuerzas Armadas vigilarán legalmente el espacio aéreo mexicano. (Shutterstock)

Tras una aprobación en fast track en el Congreso de la Unión, el presidente Andrés Manuel López Obrador publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las reformas a las leyes de Administración Pública Federal, de Aeropuertos y de Aviación Civil, en materia de protección del espacio aéreo mexicano.

Con esto, la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) -en coordinación con la Secretaría de Marina- podrá realizar tareas de vigilancia, con el objetivo de “salvaguardar la soberanía y defender la integridad del territorio nacional”.

El proyecto establece que las Fuerzas Armadas podrán implementar acciones para garantizar que las operaciones aéreas en el territorio nacional no se realicen con fines ilícitos o atenten contra la seguridad nacional.

Asimismo, el Ejército tendrá el control legal de puertos aéreos, como el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA), conformar una aerolínea comercial, así como tener asignaciones por tiempo ilimitado para controlar y administrar ferrocarriles.

Centro Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo
El documento publicado la tarde del miércoles 3 de mayo también confirma la creación del Centro Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo, un órgano dependiente de la Sedena que será responsable de la vigilancia y protección del espacio aéreo mexicano.

Dicha Secretaría tendrá la facultad de solicitar documentos que amparen certificados de aeronavegación y licencia establecidos en el estado de la matrícula; verificación de talleres, centros de capacitación y adiestramiento, y fábricas de aeronaves y componentes, así como emisión de medidas y normas de tráfico aéreo.

Para desarrollar sus funciones, el Centro Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo empleará los medios para la detección, identificación, interceptación y salvamento puestos a su disposición.

El documento también establece la obligación para las autoridades que operen aeropuertos de informar a la Sedena de aterrizajes de aeronaves extranjeras de servicio privado no comercial que se realicen en aeropuertos internacionales mexicanos.