Es una vieja polémica aquello de si el Derecho es o no una ciencia, algo que para los profesionales de esta disciplina es ocioso, e incluso pernicioso para la vigencia y el pleno respeto de sus principios y ordenamientos prácticos, indispensable para la vida y la seguridad de todos los ciudadanos y para la estabilidad de la sociedad como un todo. Sin embargo, en mi modesta opinión, el Derecho cuenta con un núcleo básico, integrado por principios, leyes y axiomas, indudablemente riguroso y sólido, que es el que le da su carácter científico, pero este núcleo está rodeado, revestido de otros muchos conceptos, ideas e instrumentos prácticos para su funcionamiento, que no presentan el mismo carácter de rigurosa cientificidad que el núcleo central.
Creo que el Derecho puede definirse como una ciencia si se le ve como un método científico, sujeto a todas las exigencias universalmente probadas y aceptadas para cualquier ciencia, cuyo objetivo es el conocimiento garantizado de la verdad. Se trata, según mi punto de vista, de una modalidad particular, específica, del método científico de investigación, cuya peculiaridad se deriva del carácter, también particular, específico, del objeto de estudio propio de esta disciplina: probar o desechar la responsabilidad de un sujeto (institución gubernamental, organización civil, partido político, corporación militar o económica, Gobierno, Estado o ciudadano), en la comisión de un delito determinado; averiguar, con el mayor grado de certeza, la verdad o falsedad de la acusación. Para lograr esto es que el Derecho necesita comportarse como una verdadera ciencia.
En cambio, decidir qué debe considerarse como delito y qué no puede entrar en esta categoría; determinar la gravedad o levedad de cada delito de ese catálogo; decidir la naturaleza y grado de severidad del castigo correspondiente, ya no puede considerarse una ciencia rigurosa, sujeta a los procedimientos universales del pensamiento científico. Hay sobrados elementos históricos para demostrar que los catálogos de los delitos son distintos (y a veces radicalmente distintos y hasta contrapuestos) en sociedades y épocas distintas, cosa que se advierte fácilmente a poco que se recurra al Derecho comparado. Lo mismo puede decirse en relación con la cualificación y, por tanto, con la naturaleza y la severidad de las penas aplicables a los diferentes delitos codificados. Y es precisamente la ausencia de verdadera necesidad científica en la solución de estas cuestiones, lo que abre un amplísimo campo de acción a la arbitrariedad, al capricho y a los intereses particulares de quienes tienen en sus manos la aplicación de la ley, y lo que ha dado pie al debate sobre su verdadera naturaleza.
Quizá el mérito más grande de las generaciones de juristas que, a lo largo de la historia, han dedicado su vida entera a levantar penosamente el edificio de Derecho moderno, es haber reconocido la existencia de este flanco vulnerable de su disciplina y haberse dado cuenta, además, de que esta fisura no solo abre la puerta a la arbitrariedad y al abuso de poder, sino también a los ataques al mismísimo método científico de investigación propio del Derecho. Consecuentes con eso, han dedicado ingentes esfuerzos a la tarea de reforzar y blindar el Derecho echando mano, no de principios teóricos abstractos, lo que sería inútil y equívoco, sino de las múltiples, ricas y variadas soluciones prácticas que sugiere la experiencia aportada por las sociedades del pasado y del presente. Han hablado y escrito mucho en contra de recursos como la tortura; la compra del testimonio de testigos mediante sobornos o intercambio de favores entre autoridades y delincuentes; la admisión, con carácter fehaciente, de testigos indirectos, de oídas o con claros intereses en la condena del acusado; la manipulación de las pruebas periciales o la alteración de la escena del crimen por parte de peritos y ministerios públicos. Todo ello, afirman con toda razón, atenta directamente contra el carácter científico de la investigación y, por tanto, anula la validez de las conclusiones de la misma.
El Derecho que se respeta a sí mismo, dicen, rechaza con toda energía las prácticas “modernas”, de última generación, como los “testigos protegidos”, algo que no solo anula de principio la validez de su testimonio, sino que es ella misma un delito por cuanto que implica la negociación de la ley entre autoridades y delincuentes; contra la tortura, contra los testigos indirectos, de oídas o con claros intereses en la condena del acusado; contra la manipulación de las pruebas periciales, contra la alteración de la escena del crimen, etc., porque dice con toda razón, viola los principios elementales de la investigación científica y pone en entredicho la imparcialidad del derecho.
Los verdaderos sabios del Derecho saben bien que cuando alguno, algunos o todos los principios establecidos para la correcta aplicación del Derecho se violan, se abre la puerta, no a una mejor justicia, sino a las más espantosas crueldades, sobre todo en contra de los más desvalidos. Bastaría, en efecto, que todos supiésemos, o recordásemos en su caso, cómo funcionaron los juicios incoados a los herejes por el Santo Oficio durante buena parte de la Edad Media, para que nuestro espíritu se sobrecogiera de terror ante una posible vuelta a semejantes arbitrariedades y para que, como una sola voz, nos levantásemos todos, ciudadanos, medios informativos, ONGs, partidos políticos, etc., reprobando toda violación a esas garantías y exigiendo fincar responsabilidades a cualquiera, grande o chico, que cometa tales atropellos.
Pero no es eso lo que vemos hoy, desgraciadamente. Abundan notas sobre venganzas “legales” mediante el encarcelamiento, sin razón suficiente, de enemigos reales o supuestos; sobre variaciones caprichosas del catálogo de delitos para incluir acciones que estorban a quienes detentan el poder; sobre la elevación severa de penas a delitos bien tipificados y sancionados con anterioridad, cuya naturaleza no ha cambiado un ápice. Sabemos de aberraciones jurídicas como incentivar las denuncias anónimas; como los linchamientos mediáticos anticipados; como la negociación con delincuentes confesos (mientras por otro lado se dragonea de que la ley no se negocia ni pacta con criminales) para que acusen a sus “cómplices”, que son el verdadero objetivo del proceso, a cambio de reducirles las penas o, incluso, dejarlos en libertad; como facultar al Estado para apropiarse de los bienes de un acusado antes de haber sido vencido en juicio, lo que incrementa el riesgo para el que posee riquezas codiciables y no para quien es realmente culpable de algún delito.
Es pan de todos los días oír acusaciones de todo tipo, pero principalmente de corrupción, en contra de funcionarios, hombres de empresa, políticos con altos cargos de responsabilidad en sexenios pasados, abogados de renombre, miembros destacados de partidos y activistas políticos de diversa filiación, a los cuales se amenaza con inminentes procesos judiciales y cárcel. Y se confiesa sin empacho que se trata de gentes que no concuerdan con el proyecto de gobierno de la actual administración, es decir, que se trata de usar la ley como garrote para golpear a críticos y opositores que pudieran poner en riesgo la estabilidad y hegemonía del actual partido en el poder. Pongo el ejemplo más reciente que, además, me toca muy de cerca. Un noticiero poblano en línea, CODIGO PUEBLA, publica hoy, martes 14, lo siguiente: “El miedo no anda en burro. El posible surgimiento de Antorcha Campesina como partido político, provocó crisis entre quienes se oponen. La preocupación es fundada por la capacidad de convocatoria del movimiento antorchista. Antes que Antorcha consiga su registro, desde las altas esferas políticas se preparan golpes jurídicos contra la agrupación y sus líderes.” No dispongo de más información, por supuesto, pero sea lo que sea, es obvio, por lo pronto, que se intenta amedrentar a los antorchistas del país, quizá para inhibir su lucha. Aclaro desde ahora que no hay absolutamente ningún motivo para enjuiciar a nadie, a ningún antorchista en todo el país, trátese de líderes o miembros de base. Cualquier acusación será una absoluta invención, un delito prefabricado de punta a cabo, y, por tanto, nos defenderemos con todo y defenderemos nuestro derecho a convertirnos en partido político.
En otro frente, el asesinato del jefe de las fuerzas armadas de Irán, por órdenes del presidente Donald Trump, es hacerse “justicia” por propia mano y de modo irreversible. Ni más ni menos. La arrogancia y displicencia con que Estados Unidos decreta sanciones contra empresas, empresarios, funcionarios, presidentes y primeros ministros, y contra naciones enteras sin que nadie levante la voz, pone en ridículo y deja en la impotencia total al Derecho Internacional en su conjunto y a todos los órganos mundiales encargados de hacerlo valer. En México se acusa sin pruebas a funcionarios y hombres públicos y de empresa; se nos dan detalles minuciosos de cómo, dónde y quién orquesta esas maniobras absolutamente ilegales, y con la misma displicencia se afirma que tal o cual personaje fue obligado a renunciar porque no coincide con el proyecto de país del gobierno actual. Y todos estos graves abusos, en México y en el mundo, se informan sin el más mínimo atisbo de censura o de protesta. Más bien parece que los medios gozan con el sufrimiento de las víctimas y aplauden la saña de los victimarios.
Pero dinamitar el Derecho burgués-democrático es dinamitar en su base al régimen económico que lo creó. ¿Debemos leer entonces lo que ocurre como una prueba segura de que la economía de libre mercado ha entrado en su fase final?