Suprema Corte de Justicia de la Nación.Fuente: Cuartoscuro

CIUDAD DE MÉXICO.- Luis María Aguilar Morales, ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, admitió a trámite los incidentes de inejecución de sentencia relacionados con la negativa de la Procuraduría General de la República (PGR) para crear la Comisión de Verdad del caso Ayotzinapa.

Y es que la dependencia manifestó una imposibilidad jurídica para crear dicha comisión, como lo ordenó el Primer Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito con sede en la ciudad de Reynosa, Tamaulipas.

Dicho tribunal concedió el amparo a cuatro de los principales implicados en el secuestro y ejecución de los 43 normalistas de Ayotzinapa, ocurridos el 26 y 27 de septiembre de 2014.

Mediante un comunicado, la Corte explicó que el ministro Aguilar Morales admitió a trámite los incidentes de inejecución de sentencia 154/2018, 155/2018, 156/2018 y 157/2018, “atendiendo al derecho a la prontitud en la administración de justicia”.

Consideró que también se atendió la reiterada manifestación de la PGR, Comisión Nacional de Derechos Humanos, presidente de la República y de la Cámara de Diputados, relacionadas directa o indirectamente con diversas causas de imposibilidad jurídica para cumplir la ejecutoria dictada en los amparos en revisión 203/2017, 204/2017, 205/2017 y 206/2017.

“Se estimó innecesario dilatar el trámite del presente asunto, por lo que se impone integrar los respectivos incidentes de inejecución y turnarlos con el objeto de que el ministro ponente elabore el proyecto de resolución que corresponda”, aseguró el Tribunal Constitucional.

Explicó que por “estricto turno” le correspondió el conocimiento de los incidentes de inejecución de sentencia al ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.

Recordó que la sentencia de amparo se concedió para el efecto de dejar insubsistentes el auto de formal prisión, emitir otra resolución atendiendo los lineamientos que se marcan en la sentencia y reponer la fase de preinstrucción.

También para reconocer la calidad de víctimas de las personas a quienes se les reconoció ese carácter en la averiguación previa, o bien, en las ejecutorias indicadas.

Igualmente ordena a la PGR a que cese o dé por concluida la asignación encomendada a peritos de dicha dependencia para que dictaminen a los inculpados; requerir al agente del Ministerio Público federal para que presente los dictámenes en materia médico psicológica realizados por una institución independiente, conforme al Protocolo de Estambul, en lo que deberá examinarse a diversos declarantes, a fin de investigar los actos de tortura que alegaron.

Además de que se ordenó tomar en consideración diversos lineamientos para efecto de llevar a cabo el estudio del cuerpo del delito y de la probable responsabilidad en los delitos que se imputan a los quejosos.

“En relación con la investigación que corresponde a la etapa de averiguación previa, integrar la Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia (Caso Iguala), que se conformará por los representantes de las víctimas, la CNDH y el Ministerio Público de la Federación, la cual deberá quedar conformada en un plazo no mayor a diez días naturales”, apuntó.