Durango, Dgo.- Se confirma la resolución del Tribunal Electoral de Durango que revocó el acuerdo del Instituto Electoral Local, en el que situó al Partido Político Duranguense en la hipótesis de pérdida de registro.

En el juicio de revisión constitucional electoral 41 de 2019 y acumulados, el Pleno de la Sala Regional confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Durango que revocó el acuerdo del Instituto Electoral, en el que se situó al Partido Político Duranguense en la hipótesis de pérdida de registro e inició la fase de prevención correspondiente, al considerar que el juicio local promovido por el referido partido sí es procedente.

Ello, porque los actos que se derivan o se producen en la fase de prevención sí son susceptibles de causar una molestia al partido político colocado en la hipótesis de pérdida de registro; además de que, no resulta procedente considerar la votación emitida en la elección de ayuntamientos como parámetro para considerar la eventual pérdida de registro de un partido político, de conformidad a lo establecido por la Suprema Corte en una acción de inconstitucionalidad.

Se ratifica asignación de regidores de representación proporcional en Mapimí y la elección de presidente municipal y síndico de Tlahualilo, Durango.

En el diverso juicio de revisión constitucional electoral 43 de 2019 y acumulados, se controvirtió la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Durango, que confirmó la asignación de regidores de representación proporcional para el Municipio de Mapimí.

La Magistrada y Magistrados Electorales ratificaron la determinación de la responsable, al considerar correcto que se determinara actualizada la eficacia refleja de la cosa juzgada, ya que privilegió la certeza jurídica frente al derecho de oposición de las partes, al reiterar el criterio relativo a que la participación de candidatos postulados por la coalición “Unamos Durango”, estuvo limitada por una sentencia firme a los cargos de elección de mayoría relativa; por lo que, al haberse actualizado la cosa juzgada refleja, el tribunal local estaba imposibilitado para estudiar cuestiones de fondo.

En cuanto al juicio de revisión constitucional electoral 48 de este año, el Pleno de la Sala Regional ratificó la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Durango, que confirmó la elección del presidente municipal y síndico del Ayuntamiento de Tlahualilo, al estimar que la responsable cuenta con las atribuciones suficientes para determinar la procedencia o improcedencia de recabar los medios de prueba previamente ofrecidos; además el tribunal local está en aptitud legal de llevar a cabo el desahogo de probanzas en la forma y términos que la carga de trabajo y los plazos electorales lo permitan.

En su vigésima novena sesión pública de esta fecha, la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvió tres juicios para la protección de los derechos político-electorales, un juicio electoral y nueve juicios de revisión constitucional resoluciones que pueden consultarse en el portal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación www.te.gob.mx