Realmente se percibió feliz a Carmen Aristegui en sus noticieros de los jueves 14 y 21 de febrero. Anunciaba que ganó dos juicios legales a MVS.
El 13 de febrero la corte confirmó la sentencia previa de un tribunal porque carecía de razón válida la terminación unilateral y anticipada de MVS al contrato bilateral de trabajo. Poco antes la empresa se desistió del amparo. Aún falta establecer reinstalación o indemnizaciones.
Carmen también había sido demandada por daño moral por su prólogo del libro La Casa Blanca. El 20 de febrero, la primera sala de la Corte revocó la resolución que otro Tribunal Colegiado había emitido y sancionaba a la periodistas; instruyó que haga otra distinta, con base a la jurisprudencia sobre libertad de expresión, en la que prevalezca el alto interés público, frente a los derechos de la personalidad de los involucrados.
Carmen interpreta que, para la libertad de expresión, son grandes las significancias de ambas resoluciones de la Corte. Y no es poco, da motivos para complacencias y hasta festejos.
Empero, aunque sea otro sexenio gubernamental y distinto su contexto, las victorias de Carmen, su equipo y sus abogados no alteran el embudo de restricciones jurídicas –y laborales y profesionales y de seguridad— que dificulta ejercer con suficiente libertad a la mayoría de periodistas, sobre todo a quienes no son tan notables. Nuestro entorno seguirá igual.
El embudo
El periodismo esencial se ha convertido, de aquella actividad liberal y casi solitaria, en una profesión difícil, compleja y altamente especializada para poder facilitar los flujos libres de la información de interés público. En el mismo rango de importancia requiere garantías jurídicas específicas para cumplir con esa misión social.
Desde que se inició en México la alternancia en la Presidencia de la República y gracias al empuje de organismos internacionales y del movimiento social por los derechos humanos, nuestra Constitución ha registrado ampliaciones de garantías universales para poblaciones vulnerables, entre ellas las de acceso y transparencia de la información, de acceso a las nuevas tecnologías para la comunicación social y hasta del derecho de réplica.
Esas y otras garantías, avanzaron para toda la población e implícitamente alcanzan a los periodistas profesionales.
Libertad de expresión, libertad para informarse y libertad de los periodistas para informar se han desarrollado en los últimos 12 años en México, pero muy disparejo. Lo más novedoso para nuestro ejercicio ha sido la federalización condicionada de los delitos contra la libertad de expresión y el periodismo y una ley de protección muy limitada a lo cautelar.
En contraste, la información, como materia prima de los periodistas si ha sufrido restricciones recientes para circular libremente. Se hizo el embudo.
Los medios y periodistas tienen que observar, en su ejercicio, que se aumentaron las acotaciones en la Constitución. Ahora tienen que atenderse:
• Derechos de terceros
• El orden público
• La seguridad nacional
• La no discriminación
• La protección de datos personales
• Derecho a la imagen
• Que los servidores públicos no disfracen la autopromoción como noticia.
• La prohibición a los partidos políticos para no presentar propaganda como periodismo.
Y, cuando se revisan las leyes federales reglamentarias se percibe que el embudo se angosta y apenas se dibuja, tenuemente, un sistema de protección cautelar ante agravios o amenazas sin atender otros derechos para ejercer profesionalmente.
En 2014 se estableció en el Código Penal Federal el Secreto profesional del periodista y se trasladó al Código Civil Federal los llamados delitos de honor, pero aún no se cambian en una decena de códigos estales.
En cambio persiste la anacrónica Ley sobre Delitos de Imprenta que en lugar de dar garantías a los periodistas se ratificaron todas sus restricciones al ejercicio y a otros derechos en las modificaciones más recientes, como el de autor que sigue en la vaguedad para los periodistas.
Las escasas garantías jurídicas para ejercer vulnerabilizan a los periodistas profesionales. Ahora mismo, aunque entendemos que el nuevo gobierno federal tiene escasos meses de haber asumido, siguen las paralizantes tendencias de agravios y crímenes (5 de diciembre a la fecha), la de precarización de las y los reporteros por los cientos de despidos en 8 meses y disminuciones de ingresos y prestaciones de quienes aceptan quedarse y aceptar el régimen de outsoursing.
Hace falta ya una ley o un estatuto general que perfile al menos 14 derechos para las personas que en México ejercen el periodismo profesionalmente; normas de alcance nacional que al promulgarse disuelvan el abigarramiento y sobrerregulación que existe en torno a su actividad central que es la de informar, para que la información circule más libremente.
Sí son trascendentes, por emblemáticas, las victorias de Carmen, de su equipo y los abogados que les acompañaron contra el retiro injustificado de un noticiero y contra los intentos de castigarla por daño moral. Pero el embudo sigue aquí. Necesitamos que la información de interés público y los periodistas tengan la misma libertad que ella.
Lo siento Carmen, no quise aguarte los festejos, solo darles contexto, Cuando tengamos un estatuto general para todas y todos, entonces haremos un pachangón.